Juan Carlos Henao, del magistrado ponente, señala que las personas que se dedican al oficio de la prostitución en Colombia tienen derechos laborales y que estos se les debe reconocer y hacer efectivos mediante la sentencia T-629 siendo esta la que les da condiciones de protección a los derechos fundamentales de las trabajadoras sexuales.
Después de hacer un profundo estudio sobre los derechos fundamentales que se les debe otorgar a estas mujeres no solo a nivel laboral si no los códigos de policía que incluye una trabajadora sexual, se le debe pagar su licencia de maternidad y se debe indemnizar ya que en algunos casos se encontraron violaciones a derechos mínimos como la igualdad y el trabajo.
La prostitución es un trabajo que forma una cadena de oficios en donde por los servicios sexuales que ofrece una mujer, hay muchos detrás de esto que ganan dinero a costa de ellas, los dueños de las residencias, los dueños de bares, y lugares donde se permite el trabajo sexual, siendo ellas las que más corren riesgos profesionales como transmisión de enfermedades, abusos, entre otros.
Finalmente mientras no se demuestre que el trabajo sexual es un trabajo serio, con derechos y deberes que se deben cumplir, con riesgos y demás, la visión frente a este oficio no va a cambiar fácilmente y seguirá siendo un simple negocio y esta ley para que se cumplan los derechos de estas mujeres será solo papel.
Danna Gómez/ Sintonía Social.