El Consejo Directivo abre sus puertas para que un estudiante y un profesor represente a su comunidad y participe en la construcción de la mejora continua a través del seguimiento estratégico de proyectos que impactan el rumbo académico, administrativo y financieroinstitucional.
¿Qué es el Consejo Directivo?
Es el máximo órgano de gobierno y dirección de la Universidad.
¿Quiénes lo conforman?
Lo integran 17 miembros: 15 elegidos por el mismo Consejo, un (1) representante elegido por los estudiantes y uno (1) por los profesores.
¿Quién puede ser candidato?
- Estudiantes con al menos la mitad de los créditos cursados, promedio igual o superior a 3.7 y sin vínculos laborales con la universidad.
- Profesores de tiempo completo con mínimo dos años de vinculación, que haga parte de un grupo de investigación y sin funciones administrativas.
¿Cuáles son las funciones de los elegidos?
- Ejercer la máxima autoridad académica, administrativa y financiera de la Universidad, definiendo políticas para su manejo y desarrollo.
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales, los Estatutos y los fines institucionales, dictando normas y reglamentos necesarios.
- Garantizar el cumplimiento de la Misión, Visión y el Proyecto Educativo Institucional de la Universidad.
- Orientar y aprobar el Plan Estratégico de Desarrollo, realizando los ajustes necesarios para su correcta implementación.
- Designar los miembros del Consejo Directivo en diferentes comités según la reglamentación vigente.
- Elegir, remover y evaluar al Rector y a los principales directivos, incluyendo Vicerrectores, Decanos y Directores de áreas estratégicas.
- Aprobar la creación de programas académicos, políticas de Bienestar Universitario, becas y estímulos.
- Aprobar los derechos de matrícula, presupuestos y balances financieros.
- Aceptar o rechazar donaciones, legados y auxilios.
- Establecer un código de ética y un régimen de inhabilidades e incompatibilidades para la Universidad.
¿Cuánto tiempo dura su representación?
Un (1) año contado a partir de la fecha de su elección y podrán ser reelegidos por un solo periodo.
¿Quiénes pueden votar?
- Los estudiantes matriculados en la universidad. Los estudiantes que cursan doble programa tendrán derecho a un (1) solo voto.
- Todos los profesores vinculados laboralmente a la Universidad.
¿Quién brinda transparencia y seguimiento a las elecciones?
La Secretaría General tiene a su cargo, organizar la elección de los Representantes de los estudiantes y profesores al Consejo Directivo, con las siguientes funciones:
- Fijar las fechas de inscripción de los candidatos, elección, escrutinios y las demás que sean necesarias.
- Velar por el cumplimiento de las normas electorales y por las garantías de igualdad de oportunidades para todos los candidatos estudiantes y profesores.
- Efectuar el escrutinio de las elecciones e informar los resultados al Consejo Directivo, Rector y a la comunidad universitaria.
- Definir los procedimientos y la logística para llevar a cabo el proceso de elecciones.
- Dar a conocer las normas electorales al inicio del proceso e informar sobre los candidatos del proceso.