Los Comités Curriculares de las Áreas Académicas de pregrado y postgrado abren sus puertas para que estudiantes y profesores supervisen la calidad académica de cada Área, escuchen a compañeros y trabajen en proyectos que permitan la mejora continua y la proyección institucional de sus programas.
¿Qué es el Comité Curricular?
Un órgano consultivo que vela por la calidad académica e investigativa de los programas académicos que integran el área, así como su proyección institucional, el posicionamiento en el sector externo y su mejoramiento continuo.
¿Quiénes lo conforman?
El director del Área Académica, quien lo presidirá.
Un (1) colaborador Administrativo, designado por el director de Área Académica, quien será el responsable de gestionar las agendas del Comité y levantar las actas de las reuniones.
Un (1) representante estudiantil por área, con su respectivo suplente.
Un (1) representante docente por área , con su respectivo suplente.
¿Quién puede ser candidato?
- Estudiantes matriculados, sin cargos administrativos y en buen estado académico.
- Profesores de tiempo completo o medio tiempo, sin licencias activas.
¿Cuáles son las funciones de los elegidos?
- Velar por la gestión y calidad de los programas académicos y su mejoramiento continuo, en concordancia con las políticas institucionales.
- Hacer revisión y actualización permanente de los planes de estudio, las estrategias pedagógicas y metodológicas, los contenidos y los sílabus de las asignaturas y los demás asuntos particulares de cada programa del Área Académica.
- Fungir como Comité de Autoevaluación de los Programas Académicos, para registro calificado y acreditación.
- Hacer seguimiento a los resultados de los exámenes de Estado para el ingreso y salida de la Educación Superior, así como a la información existente en el Observatorio Laboral y otros resultados de empleabilidad y proponer estrategias de mejoramiento.
- Formular el marco general y los propósitos específicos para los exámenes de seguimiento, revisar sus resultados y proponer acciones de mejora.
- Proponer acciones para promover las relaciones con el medio y la internacionalización de los programas académicos, de acuerdo con los lineamientos de la Facultad.
- Aplicar los reglamentos estudiantiles de pregrado y posgrado.
¿Cuánto tiempo dura su representación?
Un (1) año contado a partir de la fecha de su elección y podrá ser reelegido por un solo período consecutivo.
¿Quiénes pueden votar?
- Los estudiantes matriculados en la universidad. Los estudiantes que cursan doble programa tendrán derecho a un (1) solo voto.
- Todos los profesores vinculados laboralmente a la Universidad.
¿Quién brinda transparencia y seguimiento a las elecciones?
La Secretaría General tiene a su cargo, organizar la elección de los Representantes de los estudiantes y profesores al Consejo Directivo, con las siguientes funciones:
- Fijar las fechas de inscripción de los candidatos, elección, escrutinios y las demás que sean necesarias.
- Velar por el cumplimiento de las normas electorales y por las garantías de igualdad de oportunidades para todos los candidatos estudiantes y profesores.
- Efectuar el escrutinio de las elecciones e informar los resultados al Consejo Directivo, Rector y a la comunidad universitaria.
- Definir los procedimientos y la logística para llevar a cabo el proceso de elecciones.
- Dar a conocer las normas electorales al inicio del proceso e informar sobre los candidatos del proceso.