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Este contenido es para fines históricos y no se le realizan actualizaciones
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Jaime Pinzón López (Presidente)
Roberto Holguín Fety (Vicepresidente)
Evaristo Obregón Garcés
Orlando Ayala Lozano
Antonio Copello Faccini
Rosario Córdoba de Espinosa
Alvaro Escallón Villa
Eduardo Garcés López
Vicente Miranda Melo
José Fernando Isaza Delgado
Rodrigo Llorente Martínez
Alberto Lozano Simonelli
Clara Parra Beltrán
Fernando Sanz Manrique
John Vaughan Ricaurte
David Camilo Rodríguez (Representante de los Estudiantes)
Carlos Eduardo Sanabria (Representante de los Profesores)
Diego Uribe Vargas (Consejero Emérito)
Son atribuciones y funciones del Consejo Directivo:
1. Ejercer la máxima autoridad académica, administrativa y financiera como órgano de mayor jerarquía de la Universidad y fijar políticas de manejo y desarrollo de éstas.
2. Velar porque la marcha de la Universidad esté acorde con las disposiciones legales y con sus propios Estatutos y dictar las normas o reglamentos adecuados para el cumplimiento de los fines de la Universidad.
3. Hacer cumplir la Misión de la Universidad.
4. Definir y actualizar la Visión de la Universidad y su Proyecto Educativo Institucional.
5. A partir de la Misión, de la Visión y del Proyecto Educativo Institucional, orientar, aprobar y hacer los ajustes requeridos al Plan Estratégico de Desarrollo de la Universidad.
6. Establecer comités permanentes u ocasionales y recibir de éstos información sobre sus actividades y decisiones.
7. Designar los Miembros del Consejo Directivo en los diferentes comités según la reglamentación correspondiente.
8. Elegir y remover al Rector. Aprobar y remover a propuesta del Rector a los Vicerrectores, al Secretario General, a los Decanos de Facultad y a los Directores de Investigación, Creación e Innovación, Planeación y Finanzas, y los Directores de las sedes de Cartagena y Santa Marta.
9. Aprobar la cuantía de los derechos de matrícula y demás derechos pecuniarios.
10. Aprobar o improbar el presupuesto y sus correspondientes anexos, así como los balances y cuentas anuales.
11. Aprobar la creación de programas académicos con base en las recomendaciones del Comité Académico y del Comité Administrativo y Financiero.
12. Aprobar las políticas de Bienestar Universitario, las becas, auxilios y estímulos.
13. Aceptar o repudiar legados, donaciones o auxilios.
14. Adoptar las demás funciones que sean necesarias para cumplir el objeto fundacional de la Universidad.
15. Establecer mediante Acuerdo un código de ética y un régimen de inhabilidades e incompatibilidades para la Universidad.
Según el Acuerdo No. 01 del 4 de febrero de 2015, la Secretaría General tiene a su cargo, entre otros, organizar la elección de los Representantes de los estudiantes y profesores al Consejo Directivo, con las siguientes funciones:
1. Fijar las fechas de inscripción de los candidatos, elección, escrutinios y las demás que sean necesarias;
2. Velar por el cumplimiento de las normas electorales y por las garantías de igualdad de oportunidades para todos los candidatos estudiantes y profesores;
3. Efectuar el escrutinio de las elecciones e informar los resultados al Consejo Directivo, Rector y a la comunidad universitaria; 4. Definir los procedimientos y la logística para llevar a cabo el proceso de elecciones;
5. Dar a conocer las normas electorales al inicio del proceso e informar sobre los candidatos del proceso.
El periodo del ejercicio como Representante de Estudiantes y Profesores al Consejo Directivo, es de un (1) año contado a partir de la fecha de su elección.
El proceso de inscripción se llevará a través de Universitas XXI, plataforma a la que podrán acceder desde el portal de Estudiantes y Profesores, en cualquier computador.
Los Estudiantes y Profesores deberán subir su fotografía, perfil y propuestas a la plataforma, al momento de realizar la inscripción.
Los Estudiantes, y Profesores votarán para la elección de los representantes al Consejo Directivo, utilizando el sitio web: portal.utadeo.edu.co/vota.
Las fechas indicadas son las mismas para el proceso de elecciones de los Representantes de Estudiantes y Profesores a los Comités Curriculares de Programas Académicos.
Al cierre de las votaciones el Secretario General a fin de llevar a cabo los escrutinios, verificará el número total de votos. Al contabilizar los votos será elegido el Representante de los Estudiantes y de los Profesores, que hayan obtenido el mayor número. De los resultados de la votación se levantará un Acta de Escrutinio que firmará el Secretario General.
Los estudiantes de pregrado y posgrado y los profesores de pregrado y posgrado, que quieran nominarse para ser representantes de los Estudiantes y Profesores al Consejo Directivo, deben estar vinculados mediante contrato de trabajo a la Universidad, para poder ser elegidos.
Podrán votar para la elección del Representante de Estudiantes al Consejo Directivo, todos los estudiantes matriculados en la Universidad. Los estudiantes que cursan doble programa tendrán derecho a un solo voto.
Podrán votar para la elección del Representante de los Profesores al Consejo Directivo, todos los profesores vinculados laboralmente a la Universidad.
Estudiantes:
1. Tener la calidad de estudiante.
2. Si es de pregrado haber cursado por lo menos la mitad de los créditos del programa que adelanta.
3. Tener un promedio ponderado acumulado igual o superior a tres punto siete (3.7)
4. No estar vinculado con la Universidad como empleado o contratista.
Profesores:
1. Estar vinculado como profesor de tiempo completo, por lo menos dos (2) años consecutivos, previos a la elección, y no adelantar funciones administrativas al momento de la postulación.
2. Hacer parte de un grupo de investigación.
3. No tener vinculación contractual con la Universidad diferente a la de profesor de tiempo completo.
Los requisitos exigidos a los profesores, deberán ser certificados por la Dirección de Gestión Humana.
Los representantes de los Estudiantes y Profesores al Consejo Directivo, podrán ser reelegidos por un solo periodo.
Inscripción de Candidatos Estudiantes y Profesores:
Fecha de iniciación: 2 de febrero 2016
Fecha de cierre: 13 de febrero 2016
Publicación de listas de elegibles: 15 de febrero 2016
Apertura Jornada Electoral: 16 de febrero 2016 a las 8:00 a.m.
Cierre Jornada Electoral: 23 de febrero 2016 a las 8:00 p.m.
Publicación de elegidos: 25 de marzo 2015
En caso de empate entre dos o más candidatos de un mismo programa, se repetirán las elecciones únicamente para los candidatos que dieron lugar al empate. En caso en que el voto en blanco fuera mayor, se inscribirán nuevos candidatos y se repetirán las elecciones para el programa académico en que hubiere ocurrido.
Apertura y cierre de inscripciones para la segunda jornada electoral: 2 al 4 de marzo 2016
Apertura y cierre de la segunda jornada electoral:
Apertura segunda jornada electoral: marzo 10 de 2015 a las 8:00 a.m.
Cierre segunda jornada electoral: marzo 14 de 2015 a las 8:00 p.m.
Publicación lista elegidos: marzo 18 de 2015.