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Este contenido es para fines históricos y no se le realizan actualizaciones
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Es el máximo órgano de gobierno y dirección de la Universidad.
El Consejo Directivo está integrado por 17 miembros, 15 elegidos por el mismo Consejo, un representante elegido por los estudiantes de la Universidad y un representante elegido por los profesores de la Universidad, de conformidad con el Reglamento que expida el Consejo Directivo.
Jaime Pinzón López, Presidente
Roberto Holguín Fety, Vicepresidente
Orlando Ayala Lozano
Antonio Copello Faccini
Rosario Córdoba de Espinosa
Álvaro Escallón Villa
Eduardo Garcés López
José Fernando Isaza Delgado
Vicente Miranda Melo
Evaristo Obregón Garcés
Clara Parra Beltrán
Fernando Sanz Manrique
John Vaughan Ricaurte
Victoria Eugenia Mena Rodríguez, Representante de los Profesores
Camilo Arturo Suárez Rojas, Representante de los Estudiantes
Carlos Sánchez Gaitán, Secretario del Consejo Directivo
Diego Uribe Vargas, Consejero Emérito)
Son atribuciones y funciones del Consejo Directivo:
1. Ejercer la máxima autoridad académica, administrativa y financiera como órgano de mayor jerarquía de la Universidad y fijar políticas de manejo y desarrollo de éstas.
2. Velar porque la marcha de la Universidad esté acorde con las disposiciones legales y con sus propios Estatutos y dictar las normas o reglamentos adecuados para el cumplimiento de los fines de la Universidad.
3. Hacer cumplir la Misión de la Universidad.
4. Definir y actualizar la Visión de la Universidad y su Proyecto Educativo Institucional.
5. A partir de la Misión, de la Visión y del Proyecto Educativo Institucional, orientar, aprobar y hacer los ajustes requeridos al Plan Estratégico de Desarrollo de la Universidad.
6. Establecer comités permanentes u ocasionales y recibir de éstos información sobre sus actividades y decisiones.
7. Designar los Miembros del Consejo Directivo en los diferentes comités según la reglamentación correspondiente.
8. Elegir y remover al Rector. Aprobar y remover a propuesta del Rector a los Vicerrectores, al Secretario General, a los Decanos de Facultad y a los Directores de Investigación, Creación e Innovación, Planeación y Finanzas, y los Directores de las sedes de Cartagena y Santa Marta.
9. Aprobar la cuantía de los derechos de matrícula y demás derechos pecuniarios.
10. Aprobar o improbar el presupuesto y sus correspondientes anexos, así como los balances y cuentas anuales.
11. Aprobar la creación de programas académicos con base en las recomendaciones del Comité Académico y del Comité Administrativo y Financiero.
12. Aprobar las políticas de Bienestar Universitario, las becas, auxilios y estímulos.
13. Aceptar o repudiar legados, donaciones o auxilios.
14. Adoptar las demás funciones que sean necesarias para cumplir el objeto fundacional de la Universidad.
15. Establecer mediante Acuerdo un código de ética y un régimen de inhabilidades.
Según el Acuerdo No. 01 del 4 de febrero de 2015, la Secretaría General tiene a su cargo, entre otros, organizar la elección de los Representantes de los estudiantes y profesores al Consejo Directivo, con las siguientes funciones:
1. Fijar las fechas de inscripción de los candidatos, elección, escrutinios y las demás que sean necesarias;
2. Velar por el cumplimiento de las normas electorales y por las garantías de igualdad de oportunidades para todos los candidatos estudiantes y profesores;
3. Efectuar el escrutinio de las elecciones e informar los resultados al Consejo Directivo, Rector y a la comunidad universitaria;
4. Definir los procedimientos y la logística para llevar a cabo el proceso de elecciones;
5. Dar a conocer las normas electorales al inicio del proceso e informar sobre los candidatos del proceso.
El periodo del ejercicio como Representante de Estudiantes y Profesores al Consejo Directivo, es de un (1) año contado a partir de la fecha de su elección.
NOTA: Podrán votar para la elección del Representante de Estudiantes al Consejo Directivo, todos los estudiantes matriculados en la Universidad. Los estudiantes que cursan doble programa tendrán derecho a un solo voto.
NOTA: Podrán votar para la elección del Representante de los Profesores al Consejo Directivo, todos los profesores vinculados laboralmente a la Universidad.
- El proceso de inscripción se llevará a través de Universitas XXI, plataforma a la que podrán acceder desde el portal de Estudiantes y Profesores, en cualquier computador. - Los Estudiantes y Profesores deberán subir su fotografía, perfil y propuestas a la plataforma, al momento de realizar la inscripción. - Los Estudiantes, y Profesores votarán para la elección de los representantes al Consejo Directivo, utilizando el sitio web: portal.utadeo.edu.co/vota.
NOTA: Al cierre de las votaciones el Secretario General a fin de llevar a cabo los escrutinios, verificará el número total de votos. Al contabilizar los votos será elegido el Representante de los Estudiantes y de los Profesores, que hayan obtenido el mayor número. De los resultados de la votación se levantará un Acta de Escrutinio que firmará el Secretario General.
Representante de los Estudiantes
- Tener la calidad de estudiante. - Si es de pregrado, haber cursado por lo menos la mitad de los créditos del programa que adelanta. - Tener un promedio ponderado acumulado igual o superior a tres punto siete (3.7). - No estar vinculado con la Universidad como empleado o contratista.
Representante de los Profesores
- Estar vinculado como profesor de tiempo completo, por lo menos dos (2) años consecutivos, previos a la elección, y no adelantar funciones administrativas al momento de la postulación. - Hacer parte de un grupo de investigación. - No tener vinculación contractual con la Universidad, diferente a la de profesor de tiempo completo.
NOTA: Los requisitos exigidos a los profesores, deberán ser certificados por la Dirección de Gestión Humana.
NOTA: Los representantes de los Estudiantes y Profesores al Consejo Directivo, podrán ser reelegidos por un solo periodo.
Inscripción de Candidatos Estudiantes y Profesores:
Fecha y Hora de iniciación: Febrero 01 de 2.017 a las 8:00 a.m.
Fecha y Hora de cierre: Febrero 08 de 2.017 a las 7:00 p.m.
Publicación de listas de elegibles e inicio jornada de campaña: Febrero 10 de 2.017
Apertura Jornada Electoral: Febrero 17 de 2.017 a las 8:00 a.m.
Cierre Jornada Electoral: Febrero 23 de 2.017 a las 7:00 p.m.
Publicación lista de elegidos: Febrero 25 de 2.017
NOTA: En caso de empate entre dos ó más candidatos se abrirán nuevamente las elecciones y en el evento en que el voto en blanco fuera mayor, se inscribirán nuevos candidatos y se repetirán las elecciones.
Apertura y Cierre de la Segunda Jornada Electoral son:
a. Apertura Segunda Jornada Electoral: Marzo 14 de 2.017 a las 8:00 a.m.
b. Cierre Segunda Jornada Electoral: Marzo 17 de 2.017 a las 7:00 p.m.
c. Publicación lista de Elegidos: Marzo 22 de 2.017
Beneficios
- Tienen derecho al pago de honorarios igual al que devenga un miembro del Consejo Directivo.
- Pueden otorgar una beca por semestre durante el tiempo que este en el cargo.