Comités Curriculares
El Comité Curricular es el órgano asesor de cada programa académico, que estudia y analiza los aspectos académicos, con el fin de hacer aportes y sugerencias para el beneficio del mismo. Los Comités Curriculares de Programas Académicos estarán conformados así:
Pregrado y Posgrado
- El Director del Programa Académico, quien lo presidirá.
- El Coordinador Académico, con voz, sin voto, quien actuará como secretario y llevará el Acta.
- Un profesor de tiempo completo designado por el Comité de Facultad, por un año.
- Un representante de los estudiantes, elegido por la comunidad estudiantil para un periodo de dos (2) años
- Un Representante de los profesores, elegido por la comunidad profesoral para un periodo de dos (2) años
Funciones de los comités curriculares:
Los comités curriculares de los programas académicos de pregrado y posgrado tendrán las siguientes funciones:
- Velar por la calidad del programa académico y su mejoramiento continuo, actuando en concordancia con las políticas institucionales.
- Participar en la revisión curricular de los planes de estudio, las estrategias pedagógicas, metodológicas y sílabus de asignaturas y presentar recomendaciones a los comités de Departamentos o Escuelas y Comité de Facultad.
- Realizar procesos de autoevaluación continua del Programa Académico para registro calificado y acreditado.
- Analizar la información de la evolución académica de los estudiantes y formular las recomendaciones a las instancias correspondientes.
- Hacer seguimiento de los resultados de los exámenes de estado para el ingreso y la salida de la educación superior, así como la información existente en el Observatorio Laboral y otros resultados de empleabilidad y proponer estrategias de mejoramiento.
- Formular el marco general y los propósitos específicos para los exámenes de seguimiento, revisar los resultados y proponer acciones de mejora.
- Fomentar y analizar la pertinencia y viabilidad de las propuestas y acciones de proyección social.
- Hacer seguimiento permanente a las prácticas y pasantías de los estudiantes, así como revisarlas periódicamente, con el fin de recomendar los ajustes necesarios para asegurar su pertinencia en relación con los objetivos de la formación.
- Proponer acciones para promover las relaciones con el medio y la internacionalización del programa, de acuerdo con los lineamientos de la facultad.
- Analizar y dar curso a las iniciativas, propuestas, quejas y reclamos de los estudiantes, según lo estime pertinente.
- Aplicar los reglamentos estudiantiles de pregrado y postgrado, así como el régimen disciplinario en los temas de su competencia.
Consulte la Resolución 018 de 2017, por la cual se reglamentan los Comités de Facultad, los Comités Curriculares de Programas Académicos, y se establecen los Comités de Departamentos o Escuelas.
2012-2013 2013-2014 2014-2015 2015-2016 2016-2018 2018-2020
Comité Académico
Es el órgano que recomienda y asesora al Consejo Directivo sobre asuntos académicos, de bienestar universitario y disciplinario. El Comité Académico de la Universidad estará conformado de la siguiente manera:
- El Rector, quien lo presidirá.
- El Vicerrector Académico.
- El Secretario General.
- Los Decanos de Facultad.
- El Director de Investigación, Creación y Extensión.
- Cinco miembros del Consejo Directivo: el Representante de los Estudiantes, el Representante de los Profesores y otros tres consejeros elegidos por el mismo Consejo Directivo.
El Comité Académico se reunirá ordinariamente, previa convocatoria del Rector, una vez al mes.
Funciones del Comité Académico:
- Estudiar y decidir de conformidad con las políticas del Consejo Directivo sobre asuntos académicos, de bienestar universitario y disciplinario.
- Estudiar y recomendar al Consejo Directivo la creación de programas académicos y aprobar la modificación o supresión de programas académicos de común acuerdo con el Comité Administrativo y Financiero.
- Recomendar al Consejo Directivo la adopción de los reglamentos estudiantil, docente, así como otros de carácter académico.
- Asesorar al Consejo Directivo en la definición de políticas de investigación, creatividad e innovación y aprobar los programas que se desarrollen sobre estas áreas.
- Informar al Consejo Directivo sobre las actividades y decisiones de este Comité.
- Realizar las demás funciones que le asigne el Consejo Directivo.